INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
ACUERDO
IEE/CG/A061/2020, QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA,
RELATIVO AL DESAHOGO DE LA CONSULTA QUE FORMULÓ EL PARTIDO NUEVA ALIANZA COLIMA.
IEE/CG/A061/2020
ACUERDO QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE
COLIMA, RELATIVO AL DESAHOGO DE LA CONSULTA QUE POR ESCRITO Y CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÍCULO 114, FRACCIÓN X, DEL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO, FORMULÓ EL PARTIDO NUEVA
ALIANZA COLIMA.
A N T E C E D E N T E S
I. Mediante Acuerdo identificado con la clave y número IEE/CG/A050/2020 del Periodo Interproceso 2018-2020,
aprobado en la Vigésima Sexta Sesión Extraordinaria celebrada el día 03 de abril del año 2020, el Consejo General de
este Instituto Electoral aprobó la implementación de medidas preventivas para la protección de las personas servidoras
públicas y de aquellas que acudan al Instituto Electoral del Estado de Colima, garantizando el buen funcionamiento del
mismo y en tanto dure la contingencia sanitaria derivada de la pandemia COVID-19; entre ellas, y para los efectos del
presente Acuerdo, se destaca la suspensión de plazos y términos relacionados con las actividades vinculadas a la función
electoral, con la realización de trámites y prestación de servicios, así como con toda aquella que requiera la interacción de
personas, tanto al interior como al exterior del Instituto.
II. Con fecha 13 de agosto de 2020, el Profesor Francisco Javier Pinto Torres, en su carácter de Presidente Estatal del
Partido Nueva Alianza Colima, acreditado ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, presentó
por correo electrónico a la cuenta institucional de la Secretaría Ejecutiva de este Organismo, un escrito con clave y
número NAC/0020/2020, mediante el cual formula de manera concreta la siguiente consulta:
“El que suscribe, C. PROF. FRANCISCO JAVIER PINTO TORRES, Presidente Estatal de Nueva Alianza Colima,
vengo ante este Honorable órgano Electoral a realizar la siguiente consulta conforme al artículo 114 fracción X del
Código Electoral del Estado de Colima en alcance a la Ley General de Partidos Políticos y del Principio General del
Derecho de PROGRESIVIDAD referente a la existencia de 2 o más interpretaciones de la norma, se debe de
privilegiar aquella que posibilite el ejercicio del derecho más amplio y tomando en consideración los precedentes
legales de resoluciones y sentencias de este tema ampliamente superado que se anexan a la presente, dichos
precedentes son del INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO vía Consejo General
IEEH/CG/017/2019 de fecha 28 de junio de 2019 como también de la sentencia del TRIBUNAL ELECTORAL DEL
ESTADO DE HIDALGO con número de expediente TEEH-RAP-PRD-01272019 y su acumulado TEEH-RAP-PMH-
013/2019 fechado el 31 de julio de 2019 y confirmado por el TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE
LA FEDERACIÓN en su Sala Regional Toluca en JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL con el
expediente ST-JRC-12/2019 y su acumulado ST-JRC-13/2019consic fecha de 21 de agosto de 2019.
En esa tesitura hago la siguiente consulta a este Organismo:
¿Puede mi representado el Partido Nueva Alianza Colima, celebrar en las próximas elecciones locales del Estado
de Colima a efectuarse en el periodo comprendido en los años 2020-2021 bajo las modalidades de coalición y/o
candidaturas comunes y/o frentes comunes?
Por lo anteriormente expuesto
PIDO:
PRIMERO.- Se me tenga por interpuesta la presente consulta antessic este Órgano.
SEGUNDO.- Se tome en cuenta lassic precedentes anexados a este escrito.
TERCERO.- Se me désic respuesta a lo solicitado por esta misma vía, conforme a derecho y apegado a los
principios de legalidad, Transparencia, Imparcialidad, y Progresividad con los que se caracteriza este Órgano
Electoral…”
III. Mediante oficio identificado con clave y número IEEC/PCG-0479/2020, de fecha 14 de agosto de 2020, signado por la
Consejera Presidenta Mtra. Nirvana Fabiola Rosales Ochoa y remitido a través del correo electrónico de la cuenta
institucional, se turnó a la Licda. Ayizde Anguiano Polanco, Consejera Presidenta de la Comisión de Asuntos Jurídicos, la
Tomo 105, Colima, Col.,
sábado 05 de diciembre de 2020; Núm.81; pág. 195