La representación ante los órganos del Ins
tituto Electoral del Estado de Colima, será́ las que actualmente tienen acreditadas
cada una de "LAS PARTES”.
DÉCIMA QUINTA. De la Representación ante las Mesas Directivas de Casillas y Representantes Generales
“LAS PARTES” conservan su derecho para realizar el registro o sustitución de sus representantes ante los Órganos del
Instituto, así́ como ante las Mesas Directivas de Casilla, igualmente los partidos integrantes de la Coalición conservan el
derecho que tienen para registrar a sus Representantes Generales ante la autoridad electoral.
DÉCIMA SEXTA. Del Órgano de Gobierno de la Coalición
Para los casos no previstos en el presente Convenio, se integrará un Órgano de Gobierno de la Coalición, conformado por
el Presidente del Comité Directivo Esta
tal del PAN Miguel Alejandro Garcia Rivera, por el Presidente del Comité Directivo
Estatal del PRI, José Manuel Romero Coello y José Alberto Cisneros Salgado por el Presidente de la Dirección Estatal
Ejecutiva del PRD.
Las decisiones de este Órgano serán válidas únicamente por unanimidad de votos de quienes lo integran.
DÉCIMA SÉPTIMA. Modificación al Convenio
“LAS PARTES” acuerdan que cualquier modificación al presente Convenio de la Coalición, se hará́ con el consentimiento
de la totalidad de los integrantes del Órgano de Gobierno de la Coalición.
DÉCIMA OCTAVA. De la vigencia del convenio
“LAS PARTES” acuerdan que, una vez concluido el Proceso Electoral Ordinario Local 2020-2021, en la etapa de resultados
y de declaración de validez de la elecc
ión que corresponda o en su caso, hasta que quede firme la resolución del último
medio de impugnación que se resuelva por la Autoridad Jurisdiccional correspondiente, cesará el presente acuerdo de
voluntades sin necesidad de declaratoria alguna, sin me
noscabo de dar continuidad a los procesos derivados de los
informes de gastos de campaña y fiscalización, así como los procedimientos sancionadores ante la autoridad electoral
competente.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- El presente Convenio de
Coalición entrará en vigor el día en que sea aprobado por el Consejo General del
Instituto Electoral del Estado.
SEGUNDO.- "LAS PARTES" acuerdan presentar en tiempo y forma, ante la autoridad competente del Instituto Electoral del
Estado de Colima, la solicitud de registro de la candidata a la Gobernatura, en tiempo y forma establecidos por el órgano
electoral local.
TERCERO. Leído que fue el presente mediante el cual se forma la coalición entre el Partido Acción Nacional, el Partido
Revolucionario In
stitucional y el Partido de la Revolución Democrática, así como enteradas “LAS PARTES” de su contenido,
alcance y fuerza legal, los representantes lo suscriben a continuación el día diez de diciembre de dos mil veinte.
MIGUEL ALEJANDRO GARCIA RIVERA
PRESIDENTE DEL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL
DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Firma.
JOSÉ MANUEL ROMERO COELLO
PRESIDENTE DEL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL
DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Firma.
JOSÉ ALBERTO CISNEROS SALGADO
PRESIDENTE DE LA DIRECCIÓN ESTATAL EJECUTIVA
DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
Firma.
RAYMUNDO BOLAÑOS AZOOCAR
COORDINADOR NACIONAL JURIDICO DEL CEN DEL PAN
Firma.