INTEGRANTES DE LOS DIEZ AYUNTAMIENTOS DE LA ENTIDAD
PROPIETARIOS(AS)
SUPLENTES
70
70
Total de candidaturas
140
Equivalente del 50%
70
Equivalente del 25%
35
Así pues, y de acuerdo a la revisión y análisis que llevara a cabo esta autoridad, respecto de las candidaturas que pretende
postular en común los partidos políticos Morena y Nueva Alianza Colima, se señala lo siguiente:
DIPUTACIONES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA A LOS
DISTRITOS 1, 2, 3, 4, 5 Y 6
PROPIETARIOS(AS)
SUPLENTES
Candidaturas
6
6
Total de candidaturas a
postular
12
Equivalente en % en
relación a la totalidad de
32 candidaturas
37.5%
INTEGRANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ENTIDAD
Candidaturas de los
Ayuntamientos de:
PROPIETARIOS(AS)
SUPLENTES
Colima
8
8
Comala
6
6
Coquimatlán
6
6
Cuauhtémoc
7
7
Total
27
27
Total de candidaturas a
postular
54
Equivalente en % en
relación a la totalidad de 140
candidaturas
38.57%
De lo anterior se desprende que, los referidos institutos políticos rebasan en sus postulaciones de Diputaciones locales e
integrantes de Ayuntamientos, el porcentaje del 25%, el cual se considera como porcentaje mínimo para postular una
coalición flexible tratándose de los cuerpos colegiados; que junto con la candidatura común al cargo de la Gubernatura del
Estado, aprobada mediante Resolución IEE/CG/R007/2020, de fecha 15 de diciembre del año en curso, los partidos
políticos de referencia pretenden postular 67 candidaturas, que equivalen al 38.73% de las 173 candidaturas que pueden
postularse mediante alguna forma de asociación política.
Luego entonces, y en razón de que la solitud presentada es para registrar un Convenio de Candidatura Común, deben
registrar bajo dicha figura de asociación un porcentaje máximo de 24.99% de candidaturas que pueden postularse mediante
alguna forma de asociación política. Por lo que, deberán postular como máximo 43 candidaturas, distribuidas entre la
Gubernatura del Estado, fórmulas de Diputaciones de Mayoría Relativa y planillas de integrantes de Ayuntamiento.
Debiendo además presentar, por separado, su propia Plataforma Electoral, pues en los términos en que se ha solicitado,
superando el 25 por ciento de las candidaturas en juego y bajo una misma Plataforma Electoral, constituye una Coalición.