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PERIÓDICO OFICIAL
27 de enero de 2021
Teniendo como meta programada el 100% de la Población Objetivo solicitante que cumpla con los requisitos
de acceso establecidos, siempre que exista la suficiencia presupuestal correspondiente.
Artículo 4. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD.
El Apoyo se otorgará a los trabajadores de SESEQ en activo que presten servicios de contacto y atención a
pacientes con la enfermedad COVID-19 en las unidades de diagnóstico, traslado y atención de pacientes con
la enfermedad COVID-19, durante el periodo del 01 de febrero al 30 de abril de 2021, en el turno que les
corresponda de acuerdo al servicio asignado, de acuerdo a los siguientes criterios:
GRUPO 1: Los trabajadores de SESEQ en activo que presten sus servicios en las Unidades de atención
reconvertidas.
GRUPO 2: Los trabajadores de SESEQ en activo que presten sus servicios en las Unidades de atención,
diagnóstico y traslado.
Artículo 5. DE LOS MONTOS DE APOYO.
El Apoyo será entregado en tres ocasiones, cada uno por el monto que se señala, de acuerdo con lo siguiente:
GRUPO 1: Recibirá un apoyo de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.).
GRUPO 2: Recibirá un apoyo de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.).
Artículo 6. REQUISITOS DE ACCESO.
SESEQ deberá presentar a la Secretaría los siguientes documentos:
1.
Relación debidamente signada por autoridad competente que contenga la siguiente información respecto
de cada persona que integre la población objetivo:
a)
Nombre completo,
b)
Clave Única de Registro de Población,
c)
Registro Federal de Contribuyentes,
d)
Número de cuenta bancaria, la clave interbancaria y el nombre de la institución bancaria
e) Manifestación expresa de que la persona trabajadora cubrió el turno y servicio asignado en el mes
calendario respectivo.
2.
Expediente por cada persona que integre la relación, en el que se contenga en copia simple los siguientes
documentos: identificación oficial vigente, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de
Contribuyentes y estado de cuenta o documento que contenga número de cuenta, clave interbancaria y
nombre de la institución, así como escrito firmado por el trabajador de SESEQ en el que se compromete a
laborar en la unidad a la que se encuentra adscrito por el periodo del 01 de febrero al 30 de abril de 2021.
Artículo 7. DEPENDENCIA RESPONSABLE DEL PROGRAMA Y ARTICULACIÓN CON OTRAS
DEPENDENCIAS Y PROGRAMAS.
A.
Instancia Ejecutora: La Secretaría, en coordinación con SESEQ, serán las dependencias responsables
del Programa. La Secretaría estará facultada para coordinar, supervisar y controlar su ejecución.
B.
Instancia Normativa: La Secretaría en coordinación con la SESEQ serán las instancias facultadas para
interpretar las Reglas de Operación, así como resolver los casos no previstos en las mismas.
C.
Coordinación Institucional: La Secretaría, para el mejor desempeño de sus funciones, podrá
coordinarse con otras dependencias y entidades.
Artículo 8. PROCEDIMIENTO DEL PROGRAMA.
I. SESEQ, cumpliendo la normatividad aplicable en la materia, validará al personal que se ubique en la
población objetivo para ser beneficiaria del Programa;
II. SESEQ recabará e integrará la documentación señalada en el artículo 6 de las Reglas de Operación y
verificará el cabal cumplimiento de los requisitos y criterios de elegibilidad señalados, validando su
procedencia, y remitiendo a la Secretaría, la documentación del personal que cumple plenamente con los
requisitos de acceso;
III. Los apoyos serán tramitados por la Secretaría, con la colaboración operativa de SESEQ, en los términos
establecidos, y
IV. SESEQ integrará el padrón de beneficiarios del Programa y lo remitirá a la Secretaría en los plazos